miércoles, 12 de agosto de 2009

INFORME FINAL

Se les recuerda que segun la directiva Nº 002 -2009-ME/VMGI en el art. 11.7 ., que los intereses no se usan , en todo caso tendran que devolverse.

Art. 11.7 El saldo no utilizado debera permaner y/o devuelto a la cuenta bancaria, el cual será revertido por el Ministerio de Educación a la Dirección Nacional del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, incluyendo los intereses que no podran ser utilizados. Entiendase por saldo no utilizado, a los fondos sobre a los que no exista una obligación de pago por bienes y servicios contratados, entregados o brindados.